Un edicto religioso

 

UN EDICTO RELIGIOSO. (6.6-9)

Los sátrapas presentan un proyecto al rey.

“Por lo tanto, los presidentes y príncipes, consultándose, idearon un plan por el cual esperaban lograr la destrucción del profeta. Resolvieron pedir al rey que firmase un decreto que ellos iban a preparar, en el cual se prohibiría a cualquier persona del reino que por treinta días pidiese algo a Dios o a los hombres, excepto al rey Darío. La violación de este decreto se castigaría arrojando al culpable en el foso de los leones. Por consiguiente, los príncipes prepararon un decreto tal, y lo presentaron a Darío para que lo firmara.” P.R. 396

Así serán presentadas leyes restrictivas de la libertad religiosa.

“He sido puesta a prueba, dolorosamente puesta a prueba al ver cuán pocos de los que profesan amar a Dios realmente lo aman. Nuestra obediencia a sus mandamientos testifica si somos realmente hijos de Dios. Nos sentimos inclinados a preocupamos por la perspectiva de las cosas que ocurren en nuestro mundo. Todas las fuerzas de las tinieblas están obrando contra la raza humana con el propósito de restringir la libertad religiosa y forzar el servicio y la adoración de un sábado idolátrico. Dios conoce todo y sabe cuál será el resultado.” Alza tus Ojos 41

El rey Dario firmó el decreto y la prohibición.

“Apelando a su vanidad, le convencieron de que el cumplimiento de este edicto acrecentaría grandemente su honor y autoridad. Como no conocía el propósito sutil de los príncipes, el rey no discernió la animosidad que había en el decreto, y cediendo a sus adulaciones, lo firmó. Los enemigos de Daniel salieron de la presencia de Darío regocijándose por la trampa que estaba ahora bien preparada para el siervo de Jehová.” P.R. 396-397
Las leyes de Medo-Persa no podían ser abrogadas.

“Compárese con la inmutabilidad de la ley de los "medos y persas" en Est. 1.19; 8.8. Esta característica también es confirmada por los escritores griegos. Por ejemplo, Diodoro de Sicilia (xvii. 30) describe los sentimientos de Darío II hacia la sentencia de muerte que dictó contra Jaridemos. Sostiene que el rey, después de haber pronunciado la pena capital, se arrepintió y se acusó a sí mismo de haber errado, pero era imposible deshacer lo que había hecho por su autoridad real.” CBA. 4:838, 839